martes, 24 de mayo de 2011

SALUD OCUPACIONAL


DISTRIBUCION DE EQUIPOS PARA ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE:

1 CACERES HUAMAN, Yesica SISTEMAS DE CONTRATACION EN EL SECTOR SALUD
2 GUTIERREZ RAMOS, Celia
3 PUMACCAHUA MACHACA , Erlinda
   
4 QQUENAYA CHATA, Crispin BENEFICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES
5 CARDENAS MAMANI, Jenny
6 FLOREZ PEZO, Monica Noely
7 TTITO YUPANQUI, Diony
   
8 OCHOA CUSIHUAMAN, Zoila Eliza TRABAJO,  CLASIFICACION. OCUPACION
9 ZAPATA CACERES, Gaby
10 QUISPE FIGUEROA, Irbin
11 VALDEZ CCASANI, Roxmery
   
12 CARTAGENA YUPANQUI, Denitza ALCANCES DE LA ONP Y AFP Decreto Supremo 1057
13 CHULLO PUCLLA, Marisa
14 HUARSAYA INQUILLAY , Marisol
15 QUISPE PUMAYALLI, Karen Yovana

Los trabajos seran socializados el dia martes 31 de mayo.

NOTAS DEL PRIMER ELEMENTO DE CAPACIDAD Ver más ............

LISTADO DE LAS ENFERMEDADES PROFESIONALES DEL PERU MODIFICADO ......Ver mas........................

Historia de la Salud ocupacional, trabajo infantil, legislación laboral en el Perú .......Ver mas ................

Trabajo y enfoque de Riesgo. (segundo elemento de capacidad). ........Ver mas .................



Factores de riesgo ocupacional ........ ver mas ...................

miércoles, 4 de mayo de 2011

ANATOMIA FUNCIONAL: NOTAS DE LA PRACTICA DE MOVIMIENTOS CORPORALES, REALIZADO EL DIA 03/05/2011, Leer mas....

lunes, 2 de mayo de 2011

28 DE ABRIL, DIA DE LA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL

La Seguridad y Salud Ocupacional en el ámbito mundial son consideradas pilares en el desarrollo de un país. Sus acciones están dirigidas a la promoción y protección de la salud de los trabajadores y la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales causadas por las condiciones de trabajo y riesgos ocupacionales en las diversas actividades económicas.

La Organización Internacional del Trabajo (OIT), informa en el año 2002, que cada año en el mundo, 270 millones de asalariados son víctimas de accidentes de trabajo, y 160 millones contraen enfermedades profesionales. En América Latina y el Perú aún no se conoce bien la magnitud que alcanzan las enfermedades ocupacionales. La OIT estima, que en países en vías de desarrollo, el costo anual de los accidentes y enfermedades ocupacionales está entre el 2% al 11% del Producto Bruto Interno (PBI); es decir, en el Perú se pierden entre US$ 1 000 y US$ 5 500 millones al año.

En el Perú, se desconoce la magnitud de la población trabajadora que se encuentra expuesta a diferentes riesgos ocupacionales y no se cuenta con información estadística sobre enfermedades y accidentes de trabajo, salvo en algunos sectores económicos como es el caso de la Minería (formal) y el Sub-Sector Electricidad.

A pesar de los esfuerzos desplegados por las instituciones desde la aparición de la salud ocupacional en el Perú, aún no ha sido posible controlar el riesgo en la fuente, debido a la falta de inversión en este campo para su control. La prevención de accidentes, permite el control de la ocurrencia de los mismos, reduciendo las causas que los originan, eliminando así una fuente de deterioro para la salud de las personas y de sobre costos para las organizaciones.

El D.S. 010-2001-TR publicado el 25 de abril de 2001 instituyó el 28 de Abril como “Día de la Seguridad y Salud en el Trabajo". Con este reconocimiento, el Perú se convirtió en el 5° país del mundo en hacerlo, junto con EEUU, Canadá, España y Tailandia; y el 1° en América Latina. Esta fecha sirve para honrar a los trabajadores fallecidos en accidentes de trabajo o por enfermedades profesionales y debe motivar a todos los involucrados (gobierno, empresas, trabajadores, sociedad, etc.) a realizar acciones para prevenir los accidentes y/o enfermedades ocupacionales en el país.

Avances Debe señalarse que a la fecha, el Perú cuenta con un número significativo de normativas legales en torno a la seguridad y salud en el trabajo aplicable a las diferentes actividades económicas del país; las mismas que obligan cada vez más a las organizaciones a adoptar mecanismos de control y prevención de los riesgos asociados a sus actividades. Entre ellas, tenemos:

SOBRE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

D.S. 009-2005-TR, Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo.
D.S. 019-2006-TR, Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo
Ley del Ministerio de Trabajo N° 27711 (29 /04/02)
Ley General de Inspección de Trabajo y Defensa del Trabajador. Decreto Legislativo N° 910. (16/03/01)
Reglamento de Seguridad e Higiene Minera D.S. N° 046-2001-EM ( 26/07/01)
Reglamento de Seguridad e Higiene Ocupacional del Subsector Electricidad R.M. Nº 263-2001-EM-VME (18/06/01)
Reglamento para la Apertura y Control Sanitario de Plantas Industriales DS Nº 29/65-DGST.
Ley General de Industrias: Ley 23407 (28/05/92) ,Título V, Capítulo III
Sobre Enfermedades Profesionales

Reglamento de la Ley de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales


D.S. Nº 002-72-TR (24/02/72).
Normas Básicas de Higiene y Seguridad en Obras de edificación. R.S. Nº 021-83-TR (23/03/83).
Normas Reglamentarias sobre Seguridad Industrial D.S. Nº 049-82 ITI/IND (01/10/82).

Normas Técnicas que establecen Valores Límites Permisibles para Agentes Químicos en el Ambiente de Trabajo. D.S. Nº 0258-72-SA (22/09/75)
Reglamento de los Comités de Seguridad e Higiene Industrial R.D Nº 1472-72-IC-DGI del 28/08/72. Publicado 13/09/72
Reglamento de Seguridad Industrial D.S. Nº 42 F (22/05/64)
R.M. 511-2004/MINSA, aprueban la “Ficha Única de Aviso de Accidente de Trabajo” y su Instructivo Anexo.
 
TRABAJO INFANTIL
Constitución Política del Perú, Artículo. 23°
Código Civil del Perú Artículos 457° y 458°
Código de Niños y Adolescentes, Artículos. 19°, 22° y 40°. Capítulo IV del Título II: Régimen para el Adolescente Trabajador.
Código Penal Artículos. 153° y 168° Capítulo I del Título IV Delitos contra la libertad.
Ley Nº 27571, que modifica el artículo 51° de la Ley Nº 27337- Código de los Niños, Niñas y adolescentes. Artículo referido a edades requeridas para trabajar en determinadas actividades.
Ley Nº 28190 “Ley que protege a los menores de edad de la mendicidad”
DS Nº 087-2001-RE. Ratifican el convenio Nº 182 de la OIT sobre Prohibición de las Peores Formas de Trabajo Infantil y la Acción Inmediata para su Eliminación. (20/11/01)
ANATOMIA HUMANA
Sabemos que la anatomía, reconocida como ciencia de las formas y de las estructuras del cuerpo humano es imprescindible en los inicios de todo programa de estudios relacionados con la medicina, es decir, es el comienzo necesario de todo saber médico.
Por todo ello, me es grato proclamar que al iniciar Ud. esta página,está emprendiendo el maravilloso e LEER MAS...........